En un claro atentado contra la educación y formación profesional, el Senado aprobó una propuesta de permitir una exención a la monetización del contrato de aprendizaje que va en contra de la razón por la cual este mecanismo fue creado.
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
Bogotá, D. C., 28 de mayo de 2025. El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) informa:
¿Qué está en juego con la exención a la monetización del contrato de aprendizaje?
El Senado aprobó una propuesta de permitir una exención a la monetización del contrato de aprendizaje que va en contra de la razón por la cual este mecanismo fue creado. Esta exención abre la puerta para que muchas empresas eviten su obligación de vincular aprendices y tampoco paguen la monetización, lo que pone en riesgo los recursos que el SENA destina a apoyar económicamente a miles de aprendices para que puedan permanecer en formación.
¿Qué es el contrato de aprendizaje y por qué es un derecho, no un favor?
El contrato de aprendizaje es una figura que permite a personas en formación, como los y las aprendices del SENA, prepararse para el mundo del trabajo con el respaldo o patrocinio de una empresa. Este contrato no es un favor ni una oportunidad exclusiva: es la expresión de una obligación de origen constitucional.
Este contrato no solo aplica para aprendices del SENA, sino también para estudiantes de colegios, universidades, instituciones técnicas, tecnológicas y de formación para el trabajo.
El artículo 54 de la Constitución Política de Colombia establece que es deber tanto del Estado y de los empleadores ofrecer formación profesional y técnica a quienes la requieran. Por eso, el contrato de aprendizaje responde a ese mandato: garantiza que quienes están en proceso de formación tengan no solo acceso al conocimiento, sino también a los medios para sostenerse mientras aprenden a través del patrocinio de los empleadores del país.
Este contrato tiene dos etapas:
1. Etapa lectiva: El aprendiz permanece principalmente en la institución formativa o educativa, donde recibe formación con énfasis teórico.
2. Etapa productiva: El aprendiz va a una empresa, donde continúa su formación trabajando, esta vez con énfasis en la práctica.
En ambas fases, el aprendiz cuenta con un apoyo económico mensual que le permite sostenerse durante todo su proceso formativo.
Ese apoyo no es una ayuda opcional, sino una garantía mínima para que las y los aprendices puedan continuar su formación sin verse forzados a abandonarla por razones económicas. Por eso, el contrato de aprendizaje es una herramienta clave para hacer efectivo el derecho a la formación para el trabajo, la inclusión laboral y la movilidad social.
Según la ley, toda empresa con más de 15 empleados debe vincular aprendices, en una proporción de al menos uno por cada 20 trabajadores. Si no pueden hacerlo, pueden pagar una cuota mensual al SENA. Esto se conoce como monetización, y fue pensada como una alternativa excepcional, no como la regla. Esos recursos se usan actualmente para darle apoyo a aprendices que no tienen contratos y para apoyar emprendedores a través del Fondo Emprender.
¿Qué dice la propuesta y por qué es preocupante?
Actualmente, la ley señala que es responsabilidad de las empresas buscar a los aprendices, entre una amplia gama de instituciones incluyendo el SENA, como colegios, universidades, instituciones técnicas, tecnológicas y de formación para el trabajo. Las empresas pueden escoger entre todos los programas de formación que tienen todas estas instituciones, lo cual les da una amplia baraja de posibilidades para contratar los aprendices. Tan solo en el SENA, los empleadores tienen más de 640 programas de formación titulada a su disposición para seleccionar sus candidatos.
Sin embargo, la nueva propuesta permitiría que las empresas no paguen la monetización si argumentan que, aunque pidieron aprendices, no se los asignaron. Esto desconoce que la ley actual les da todas estas herramientas para cumplir con esa obligación. En la práctica, esto puede dar lugar a abusos. Algunas empresas podrían hacer solicitudes sin tener la real intención de contratar, solo para justificar que no se les asignaron aprendices y así evitar pagar. Por ejemplo, pedir aprendices en programas muy demandados donde hay pocos cupos, en vez de buscar en otras áreas donde sí hay disponibilidad. O buscar en instituciones con pocos aprendices. Todo esto terminaría debilitando el sistema y permitiría eludir una obligación que hoy es clara.
Desde el SENA consideramos que esta propuesta permite que muchas empresas, que hoy deben cumplir con la ley, se salten la responsabilidad. Esto no solo pone en riesgo el modelo del contrato de aprendizaje, sino que también afecta directamente a las y los jóvenes que dependen de este sistema para acceder a oportunidades de formación y empleo.
¿Qué pasa con los recursos de la monetización?
Cuando una empresa paga la monetización, ese dinero se usa para dos cosas muy importantes: apoyar económicamente a los aprendices durante su formación y financiar proyectos de emprendimiento para egresados.
En 2024, el SENA recibió más de 263 mil millones de pesos por este concepto. De ese total, más de 52 mil millones se destinaron a apoyos de sostenimiento que ayudaron a 16.560 aprendices a continuar su formación. Más de la mitad de los casos de deserción en el SENA ocurren por falta de recursos económicos, por eso este apoyo es vital.
El 80% restante se destinó al Fondo Emprender, que ayuda a financiar ideas de negocio de aprendices y egresados. Si se aprueba esta exención, se recaudaría menos dinero, y se pondría en riesgo tanto la permanencia de los aprendices como las oportunidades de emprendimiento.
¿Realmente hacen falta estas exenciones?
Los datos muestran que no. En 2024, se esperaba que se firmaran unos 382.829 contratos de aprendizaje. En realidad, se firmaron más: 392.411. De estos, 250.142 fueron con aprendices del SENA y 142.269 con estudiantes de otras instituciones. Además, de las 212.683 cuotas de aprendizaje obligatorias que existían, solo unas 14.000 fueron monetizadas, lo que representa un 6,6%. Es decir, la gran mayoría de las empresas sí está cumpliendo su obligación sin necesidad de monetizar.
Por eso, no hay razones de fondo para crear una exención general. El sistema tiene capacidad, la oferta de aprendices existe, y las herramientas para vincularlos están disponibles. Lo que se necesita es mayor compromiso por parte de las empresas, no abrir la puerta a que se desentiendan.
¿Por qué algunas empresas monetizan?
El SENA ha identificado cinco razones comunes:
1. Sus procesos de selección son lentos y no alcanzan a reemplazar aprendices a tiempo. 2. No tienen suficientes espacios para que los aprendices hagan su práctica.
3. Solo quieren aprendices en etapa productiva, cuando deben vincularlos también en la fase lectiva.
4. Sus políticas de seguridad no permiten que los aprendices accedan a ciertos procesos.
5. Están ubicadas en zonas de difícil acceso.
Estas razones no justifican una exención general. Lo que se requiere son ajustes en la forma como las empresas gestionan su responsabilidad con el aprendizaje.
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