Escribe: Luis Hernando Granada C.*.-
El Teatro Tolima fue inaugurado en febrero de 1940 y hoy tiene capacidad para recibir a 1.000 espectadores. Fue declarado Monumento Nacional mediante el Decreto 708 del 17 de abril de 1996 y es un inmueble de arquitectura republicana, reemplazado en 1938 siguiendo los planos de la firma Cuéllar Serrano Gómez, los cuales ejecutó el ingeniero italiano Antonio Bernardi, hace 80 años, y que borró el estilo historicista del Teatro Torres para convertirlo en el Teatro Tolima de estilo Art Déco.
El escenario cuenta con un piso en madera desmontable para efectos escénicos, todo soportado sobre una base en estructura metálica; en la parte delantera del escenario se construyó un foso con una plataforma hidráulica, para ubicar una orquesta con capacidad para 55 músicos, pero igualmente hay otra plataforma hidráulica ubicada en el fondo y al costado derecho del escenario para guardar el piano adquirido especialmente por parte del Teatro; el escenario, concretamente la caja escénica, queda oculta con un telón de boca con apertura tipo guillotina.
¿Interesante verdad? Sí muy interesante y hasta aquí todo muy bien, pero los discapacitados no tienen derecho a este emblemático lugar, tradicional, histórico y representativo de la cultura tolimense.
Tuve la oportunidad de asistir a la graduación de los bachilleres de la Institución Educativa Carlos Lleras Restrepo y fui testigo de las “maromas” que tuvo que realizar un discapacitado en silla de ruedas, asistido por su lazarillo y por un guarda de seguridad, muy formal y eficiente que se hizo cargo de trasladar las rampas móviles y metálicas de acceso a los baños.
Para un asistente sin limitaciones, todo sería normal: había tres escalones de acceso al lugar y luego otros tres, pero obviamente una silla de ruedas no puede transitar de grada en grada. Se requería de una rampa, pero como ya lo dije, la rampa era una especie de estructura metálica, que el guarda cargaba de un sitio a otro para facilitar el acceso del discapacitado a uno de los sanitarios, que entre otras cosas no contaba con los accesorios necesarios para que el usuario pudiera sostenerse de pie o sentarse sin correr el riesgo de caerse.
Violación de los derechos de los discapacitados
Los gobernantes vienen y van y con seguridad desconocen que las personas con discapacidad tienen derecho a la accesibilidad universal en espacios públicos, lo que incluye el acceso físico (rampas, ascensores, estacionamientos señalizados) y la eliminación de barreras arquitectónicas y de comunicación. También tienen derecho a la no discriminación en igualdad de condiciones, a la participación en la vida pública y cultural, y al acceso a servicios de salud y transporte adaptados.
La ley principal que protege a las personas con discapacidad en Colombia es la Ley Estatutaria 1618 de 2013, la cual establece las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de sus derechos a través de la inclusión, acciones afirmativas y ajustes razonables. Otras leyes importantes incluyen la Ley 1996 de 2019 sobre la capacidad legal de decidir, y la Ley 2297 de 2023, que aborda el acceso al servicio de cuidador y otras medidas de inclusión.
Vale la pena destacar que la misma Ley 2297 de 2023, conocida como la Ley del Cuidador, establece un marco de protección para los cuidadores de personas con discapacidad, buscando dignificar su labor y promover su autonomía. Se enfoca en ofrecer beneficios como formación, oportunidades de empleo y emprendimiento, atención en salud y la visibilización de su rol en la sociedad.
Sin embargo, estas leyes, decretos, normas y demás, son pisoteadas e ignoradas por los gobernantes.
Existen, –según las Leyes ya citadas–, cinco derechos fundamentales para los discapacitados: Derecho a la igualdad, Derecho a la no discriminación, Derecho a la accesibilidad, Derecho al empleo y al trabajo digno, Derecho a la vida independiente. Sin embargo, no solo en el Teatro Tolima sino en otros sitios públicos (bancos, entidades de salud, supermercados, escenarios, etc.), las autoridades, poco o nada les importa estos derechos. Es increíble e inaceptable, que el Teatro Tolima no le brinde estos derechos al discapacitado; es igualmente increíble que en determinados centros comerciales –como en el Centro Comercial Combeima–, el discapacitado y el público en general tenga que pagar entre $1.500 y $2.000 para entrar a un baño.
A propósito de baños, en establecimientos públicos los discapacitados deberían tener acceso a ellos, pero ni siquiera hay baños públicos en estos sitios n para personas normales y menos para los discapacitados. Pienso al respecto, que, así como se inventaron la “ley de piscinas” se deberían aplicar e imponer normas especiales para este tipo de personas.
No se trata de pregonar “beneficios” para los discapacitados; se trata de hacerlos realidad porque al igual que todos, son contribuyentes, y las rampas y los baños, realmente no existen en muchos sitios.
¿Conocerán las autoridades cómo puede acceder un discapacitado al Hotel Ambalá, al Centro Comercial San Andresito, a la Piscícola El Carmen y a otros sitios?. Les dejo la tarea de investigar y solucionar el problema.
¿Será que al menos existe un censo sobre los discapacitados en el Tolima?
PILDORITA.– Pregunta para la Gobernadora del Tolima y los respectivos alcaldes de departamento: ¿Qué sería más fácil, sacarle pecho a un jorobado o que un discapacitado pueda entrar a un baño público de acuerdo a las normas de Ley?
* Luis Hernando Granada C., Periodista, Publicista con más de 50 años de experiencia. Ex subdirector de la Revista El Congreso, ex Director y colaborador de varios medios de comunicación escritos, impresos y digitales. Autor de la Novela “El Imperio del terror” y de los libros “¿Y cómo es la vuelta?” y “La gran farsa de la izquierda” y Gestor Cultural del Tolima.
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