Nov –2025.- El Presupuesto General de la Nación deberá ser replanteado, para 2026, en la forma como se están calculando los recursos para inversión de las universidades públicas, porque este solo está beneficiando a las universidades públicas del orden nacional y no incluye a las territoriales.
Así lo definió la Corte Constitucional, que mediante Sentencia C-427/25, decidió “estarse a lo resuelto en la Sentencia C-505 de 2023 y, en consecuencia, declarar la inexequibilidad diferida hasta el 31 de diciembre de 2025 del último inciso del primer párrafo del artículo 74 del Decreto 1523 de 2024(que decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025), y del Anexo “Entes Autónomos Universidades Públicas” (que especificaba cuánto dinero recibía cada universidad), en los reglones en los que no se contempla gasto de inversión para las universidades públicas del orden territorial. Además, la Corte dictó una serie de órdenes y exhortos dirigidos a que se distribuyan los recursos para inversión a las Universidades públicas del orden territorial, y que, en adelante, se garantice la asignación de esos recursos en el Presupuesto Nacional para todas las universidades públicas”.
De esta forma, universidades departamentales y municipales como, por ejemplo Tolima, Córdoba, Quindío y Nariño quedaban fuera de esa bolsa de inversión, para atender aspectos como obras, dotaciones, proyectos estratégicos, infraestructura e investigación.
¿Qué significa “estarse a lo resuelto” en la Sentencia C-505 de 2023?
La Corte ya había analizado un caso idéntico en 2023 (C-505/23), cuando declaró inexequible —por violar la igualdad y la autonomía universitaria— una distribución de recursos del presupuesto que favorecía solo a algunas universidades públicas (principalmente las nacionales) en materia de inversión.
Por eso, en 2025 la Corte repite el precedente: al decir “estarse a lo resuelto”, significa que reafirma la decisión anterior, aplicándola de nuevo a la nueva ley de presupuesto de 2024.
Por ello, la Corte declara inexequible (inconstitucional), pero de manera diferida hasta el 31 de diciembre de 2025, lo siguiente:
El último inciso del primer párrafo del artículo 74 del Decreto 1523 de 2024.
El Anexo “Entes Autónomos Universidades Públicas”, solo en los renglones donde no se contempla gasto de inversión para universidades territoriales.
Porque el esquema actual viola la Constitución, pero la Corte mantiene su vigencia temporalmente (hasta el 31 de diciembre de 2025) para no afectar el funcionamiento financiero inmediato del sistema.
El Gobierno y el Congreso tienen hasta esa fecha para corregir la fórmula de distribución y garantizar que todas las universidades públicas, tanto nacionales como territoriales, reciban recursos de inversión.
Lo que no es claro es si el Gobierno deberá aumentar los recursos para mantener lo proyectado a las universidades nacionales o redistribuir el mismo dinero entre todas.
La Sentencia C-427 de 2025 —al igual que la C-505 de 2023— no crea nuevos recursos, no ordena aumentarlos ni impone un gasto adicional al Presupuesto General de la Nación. Lo que hace la Corte es corregir un criterio de distribución, no el monto total.
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